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Nuevo Apoyo de Bienestar Para Personas Adultas Mayores: Pago de Marcha
El Programa de Bienestar para las Personas Adultas Mayores ofrece un nuevo apoyo denominado Pago de Marcha, destinado a proporcionar un beneficio financiero para ayudar a cubrir costos asociados con el fallecimiento de un beneficiario.
Este apoyo económico único brinda un total de $2,400 pesos no directamente al beneficiario del programa, sino a la persona designada como auxiliar de la persona mayor. El auxiliar es un individuo que ha ayudado al adulto mayor con su registro en el programa de bienestar y con la administración de documentos.
El papel del Auxiliar en el Pago de Marcha
La figura del auxiliar es fundamental en la obtención de este apoyo. Esta persona es quien asistió al adulto mayor durante el registro de su pensión, ayudándole con la documentación requerida. El auxiliar puede ser un amigo, familiar, o cualquier persona de confianza del adulto mayor. Importante destacar que solo el auxiliar registrado podrá recibir el Pago de Marcha.
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Acceso al Pago de Marcha tras el fallecimiento del beneficiario
En el evento desafortunado de que el beneficiario del programa de bienestar fallezca, se pone en marcha el Pago de Marcha. Para reclamar este beneficio, los auxiliares deben informar inmediatamente del fallecimiento y seguir los pasos necesarios para recibir este apoyo. El procedimiento para recibir este apoyo incluye una serie de requisitos.
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Requisitos para reclamar el Pago de Marcha
El auxiliar debe notificar del deceso del derechohabiente en uno de los módulos de bienestar tan pronto como sea posible. Este individuo debe estar registrado como auxiliar del programa y no debe haber recibido ningún pago durante el bimestre del fallecimiento del beneficiario o después de esa fecha. Adicionalmente, deben presentar una identificación oficial y el acta original de defunción que certifique tal circunstancia dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento.
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De no presentarse esta documentación en el plazo especificado, se pierde el derecho a esta ayuda. Si un derechohabiente no ha registrado a un auxiliar, desafortunadamente, el apoyo no podrá ser otorgado a nadie. Por tanto, se recomienda a los adultos mayores que aún no cuentan con un auxiliar, realizar el trámite junto a una persona de confianza.