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¿Necesitas una Pensión Mensual Vitalicia del IMSS? Estos son los requisitos

La pensión es un beneficio valioso que gozan los trabajadores del sector formal en México y puede ser depositada tanto por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Es importante tener en cuenta que existen diversos tipos de pensiones, entre ellas la Pensión por Incapacidad Permanente, que puede ser parcial o total. Para el primer caso, no es necesario que el trabajador tenga una incapacidad total.

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Según el sitio web oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Pensión por Incapacidad Permanente tiene dos modalidades, como se mencionó anteriormente:

  • Una persona asegurada que sufre un accidente o una enfermedad mientras trabaja o en relación con su trabajo, lo que da como resultado una disminución de sus capacidades o habilidades laborales (incapacidad parcial).
  • Si una persona sufre un accidente o una enfermedad mientras realiza sus tareas laborales, lo que da como resultado la pérdida de sus capacidades o habilidades, lo que la deja incapacitada para trabajar por el resto de su vida (incapacidad total).

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¿Cuáles son los requisitos?

Por lo tanto, con base en la información proporcionada en el portal web, los siguientes son los requisitos que se deben cumplir para calificar para la Pensión por incapacidad permanente del IMSS:

  • Se demuestre que la persona ha sufrido un incidente laboral que le ha provocado una incapacidad laboral prolongada, total o parcial.
  • La determinación de la incapacidad laboral la realizan los servicios médicos institucionales mediante el formulario “Parte de Incapacidad Permanente o Muerte por Riesgo Laboral ST-3”.
  • La pensión puede ser temporal por un máximo de 2 años, o permanente, según determine el informe médico.

Si estás interesado debes ir personalmente a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda presentando los siguientes documentos:

  • Documento del Número de Cuenta y CLABE.
  • Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento.
  • Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3, expedido por los servicios médicos institucionales, que acredite el estado de incapacidad o defunción por riesgos de trabajo.

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