¿Es posible cobrar la Pensión del Bienestar de un familiar fallecido?
Directrices sobre el cobro de la Pensión del Bienestar 2024 en caso de fallecimiento del beneficiario
La Pensión del Bienestar representa un apoyo financiero de $6,000 pesos cada dos meses, y está dirigida a aquellos individuos que cuentan con 60 años de edad o más. Ante el inevitable acontecimiento del fallecimiento de un beneficiario, muchas familias se preguntan sobre el proceso y la posibilidad de cobrar esta pensión.
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Protocolo a seguir tras el fallecimiento de un beneficiario
Cuando se presenta el lamentable deceso de un beneficiario, es crucial que los familiares notifiquen de manera inmediata a la Secretaría del Bienestar a través de la línea del bienestar. Según Ariana Montiel Reyes, representante de la Secretaría del Bienestar, en casos de fallecimiento, los deudos tienen derecho a un pago de marcha. Este apoyo se entrega al representante o adulto auxiliar que estuviese registrado en el programa, y se hace por única ocasión.
¿Cuándo depositarán el pago doble de la Pensión Bienestar 2024?
Si el beneficiario no hubiera designado previamente a un representante o adulto auxiliar, el comité técnico del programa tiene la autoridad para, bajo circunstancias especiales, decidir la entrega de este apoyo a un familiar cercano.
Importancia de la notificación y riesgos legales
Es esencial que tras el fallecimiento, los familiares, el representante o el adulto auxiliar notifiquen inmediatamente a las autoridades del bienestar. Para ser elegible al pago de marcha, es indispensable que no se haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento del beneficiario. Cabe resaltar que continuar recibiendo este apoyo en nombre de una persona fallecida es considerada un delito, por lo que la dependencia tiene la responsabilidad de dar de baja a la persona del padrón.
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