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¿Puedes recibir el pago de la Pensión Bienestar tras el fallecimiento del beneficiario? Entérate

Según el Reglamento de Operación de la Pensión de Bienestar para Adultos Mayores, se deja bien claro que en caso de fallecimiento del beneficiario, sus familiares tienen derecho a recibir un único depósito a través del pago de egreso.

“En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria, se entregará a su representante o adulto auxiliar registrado en el Programa, por única vez, el Apoyo Económico de Pago de Marcha”, indican las reglas de operación de la Pensión Bienestar 2024.

Adicionalmente, en circunstancias excepcionales, el Comité Técnico del programa puede optar por brindar apoyo a la persona mayor en caso de que no haya seleccionado un agente o representante.

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La Secretaría de Bienestar aprovecha la oportunidad para recordar a todos que en caso de fallecimiento de un beneficiario, sus familiares, tutor legal o auxiliar están obligados a notificar de inmediato a la Línea de Bienestar. La razón de ello es que, de acuerdo con la legislación que rige el bienestar, para que el representante o asistente adulto sea elegible para el pago de marcha, no debe tener el beneficio de recibir ningún tipo de apoyo después del fallecimiento del beneficiario.

“La Secretaría de Bienestar está obligada a dar de baja del padrón a esa persona adulta mayor, pues constituye un delito que alguien más cobre en su nombre”.

La persona mayor es quien se encarga de designar a un asistente o representante adulto al momento de la inscripción a la Pensión de Bienestar. Además, la persona mayor es quien se encarga de hacer la designación.

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Requisitos para realizar la solicitud

Una persona mayor debe cumplir con todos los siguientes requisitos para ser elegible a la Pensión de Bienestar en el año 2024:

  • Identificación oficial (credencial del elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del Inapam o carta de identidad).
  • CURP.
  • Acta de nacimiento legible.
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial).
  • Teléfono de contacto para dar seguimiento a tu trámite.

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